PAC 2018: NOVEDAD IMPORTANTANTE SOBRE LA ADMISIBILIDAD DEL BARBECHO

El Consejo de  Ministro aprobó el viernes 10 de noviembre de 2017, el Real Decreto 980/2017 que modifica algunos aspectos de la normativa vigente para la aplicación  de la  PAC en España. Consideramos importante que se tenga en cuenta  algunos aspectos que se contemplan en la citada normativa para 2018 y que  indicamos a continuación, especialmente, en lo referente a aquellas superficies que se hayan declarado, de forma reiterada, durante más de cinco años consecutivos en barbecho.

Admisibilidad de barbechos (situación de elevado riesgo)

·         No se considerarán admisibles superficies de las parcelas o recintos de tierras de cultivo que se hayan declarado, de forma reiterada, durante más de cinco años consecutivos en barbecho, a no ser que el solicitante pueda demostrar que está realizando una actividad agraria sobre dichas parcelas, presentando la correspondiente alegación al SIGPAC.

·          En este caso la pérdida de admisibilidad y,  salvo que se pueda corregir la situación tras alegación al SIGPAC, supone la imposibilidad de poder utilizar esa superficie para la activación de derechos de pago básico.

Para mayor detalle  y especialmente si considera que pudiese incurrir en la citada situación de elevado riesgo en la admisibilidad de los barbechos,  puede contactar con nuestros Técnicos de Ayudas PAC.

Se adjunta Real Decreto publicado y Nota de Presa del MAPAMA.

Ver nota de prensa

Ver normativa

 

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