Admisibilidad de barbechos (situación de elevado riesgo)
· No se considerarán admisibles superficies de las parcelas o recintos de tierras de cultivo que se hayan declarado, de forma reiterada, durante más de cinco años consecutivos en barbecho, a no ser que el solicitante pueda demostrar que está realizando una actividad agraria sobre dichas parcelas, presentando la correspondiente alegación al SIGPAC.
· En este caso la pérdida de admisibilidad y, salvo que se pueda corregir la situación tras alegación al SIGPAC, supone la imposibilidad de poder utilizar esa superficie para la activación de derechos de pago básico.
Para mayor detalle y especialmente si considera que pudiese incurrir en la citada situación de elevado riesgo en la admisibilidad de los barbechos, puede contactar con nuestros Técnicos de Ayudas PAC.
Se adjunta Real Decreto publicado y Nota de Presa del MAPAMA.